Autónomo

    Cobertura de Protección a tu desprotección. Tu realidad ante una situación de baja laboral  (Incapacidad Laboral Transitoria) si cotizas por la base mínima, en el caso de padecer una enfermedad o un accidente que te obligue a estar de baja laboral durante 30 días percibirías apenas 257,36€ mensuales, ¿Te puedes permitir mantener a tu familia con esa cantidad?

     

    La base de cotización mínima para 2015 es de 884,40 euros.

     

    La prestación pública a percibir será de 521,80 euros (60% sobre 884,40 euros desde el cuarto al vigésimo día de la baja y el 75% sobre 884,40 euros a partir del vigésimo primer día de la baja hasta el trigésimo en este caso).

     

    A esta cantidad hay que deducirle la cuota de autonómos (Cuota para el 2015: 264,44 euros)

    La liquidez real a percibir para este supuesto de baja laboral es de 257,36 euros

     

    Nosotros te ofrecemos PROTECCIÓN complementando tus ingresos ante una situación de incapacidad temporal laboral con nuestros Seguros de Baja Diaria. 

    Check.svgPóngase en contacto con nosotros y le asesoraremos con la mejor cobertura para sus necesidades. (Tabla de ejemplo orientativa).

     

     

    Este autónomo, podrías ser perfectamente tú...

    Hombre/Mujer

    Edad: 42 años

    Profesión tipo: electricista, transportista, albañil, taxista, pintor...

    Ingresos brutos mensuales habituales: 1500 euros

    Cobertura: 365 días

    Cobertura diaria recomendada: 30 euros

      

    Prestaciones

    Previsión Mallorquina(1)

    Prestaciones

    Seguridad Social(2)

    Prestaciones totales

    Previsión Mallorquina + Seguridad Social

    1er. mes

    Meses sucesivos

    1er. mes

    Meses sucesivos

    1er. mes

    Meses sucesivos

    900 €

    900 €

    516,66 €

    656,77 €

    1.416,66 €

    1.556,77 €

    Coste MENSUAL póliza de Baja laboral ‘élite-pm profesional’

    46,87 €

    (1) Cantidad que percibe el asegurado en caso de baja laboral, siempre que se ajuste a lo establecido en las condiciones generales del producto.

    (2) Indemnización recibida por el trabajador por parte de la Seguridad Social en caso de IT, sin deducir la cuota de Autónomos.

     

    A un click

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